La Legislatura del Estado de México, recibió la iniciativa de Ley Mariana Lima Buendía, que busca dar acceso a la justicia en los casos de feminicidios y sancionar a los malos servidores que obstruyan los procesos de investigación.
Irinea Buendía, madre de Mariana Lima, señaló que la iniciativa de Ley fue integrada por especialistas y observadores de género para dar certeza a las familias que atraviesan por un proceso de feminicidio, no tengan que padecer un “calvario” para hacer justicia.
Esta serie de iniciativas, proponen reformar el Código Penal Federal y del Estado de México, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la ley en la materia del Edomex, para que se obligue a todas las autoridades aplicar los parámetros que establece la sentencia para juzgar con perspectiva de género, sancionar las omisiones de los servidores públicos y reparar el daño causado así como la promoción de un cambio social y cultural.
Una de las innovaciones de esta propuesta, es crear a nivel federal un nuevo supuesto de delito cometido por los servidores públicos contra la administración de justicia:
Artículo 225.- Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes:
XXXVIII. Estando obligado investigar y/o sancionar un delito cometido contra una mujer por razones de género, incurra en actos de corrupción, omisiones, falencias, negligencias, obstruya la investigación y obstruya la justicia, en perjuicio del derecho de la víctima a la verdad, la justicia y las reparaciones.
A quién lo cometa se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de treinta a mil cien días multa.
En el Código Nacional de Procedimientos Penales, propone que al Ministerio Público, la Policía, los Jueces y Magistrados se les obligue a “Investigar con perspectiva de género y debida diligencia, todas las muertes violentas de mujeres y niñas, para poder acreditar que se trata de un feminicidio, incluidos los suicidios y accidentes”, tal y como lo ordena la sentencia de la SCJN.
En el caso del Código Penal del Estado de México, propone crear el delito de Negación de la Justicia por Razones de Género:
Artículo 153 bis.- Comete este delito el servidor público de los órganos de procuración y administración de justicia que, Estando obligado investigar y/o sancionar un delito cometido contra una mujer por razones de género, incurra en actos de corrupción, omisiones, falencias, negligencias, obstruya la investigación y obstruya la justicia, en perjuicio del derecho de la víctima a la verdad, la justicia y las reparaciones.
A los responsables de este delito se les impondrán de dos a seis años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa y será destituido e inhabilitado por un plazo igual a la pena privativa de libertad impuesta.
Además, la propuesta incorpora a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la obligación de la Fiscalía General de la República de “Investigar con perspectiva de género y debida diligencia, todas las muertes violentas de mujeres y niñas, para poder acreditar que se trata de un feminicidio, incluidos los suicidios y accidentes” e informar anualmente al Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, sobre los programas y cursos permanentes de capacitación a agentes del MP, peritos y personal que atiende víctimas, en materia de Derechos Humanos y perspectiva de género.
A la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, también se propone agregar como competencia del Poder Judicial local, la misma obligación que a la FGR.
Se estable como derecho de las mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia a que se le repare el daño realizado por las autoridades e impulsar un cambio cultural, a partir de la adopción de medidas progresivas y específicas para modificar patrones culturales y fomentar la educación y capacitación en perspectiva de género y la administración de justicia, que no estaba contemplado en dicha ley.
Esta propuesta de reforma tiene como propósito superar la impunidad en la que se encuentran la mayoría de los casos de feminicidio en el país y el alarmante incremento de muertes violentas de mujeres, de los cuales, en promedio, según las propias fuentes oficiales, sólo el 20% son investigados como feminicidios.